PRÁCTICA EMPRESARIAL
Por: juliana jaramillo perez
PROFESORA: Aracelly Carvajal
INSTITUCIÓN EDUCATIVA JULIO CESAR GARCÍA
MEDELLÍN
2010
HOJA DE VIDA
NOMBRE COMPLETO: juliana jaramillo perez
FECHA DE NACIMIENTO: 1 DE AGOSTO DE 1994
LUGAR DE RECIDENCIA: Medellin
ESTADO CIVIL: Soltera
DIRECCION: cll 126#52-41 blo 10 apto 402
TELEFONO: 273-35-16
E-MAIL: julijapecomercio@hotmail.com
ESTUDIOS REALIAZADOS:
SECUNDARIA: I.E. Julio Cesar Garcia
REFERENCIAS PERSONALES
NOMBRE DE MADRE:olga perez
OCUPACION: asistente de produccion
TELEFONO:273-35-16
NOMBRE DE PADRE: andres jaramillo
OCUPACION:
TELEFONO: 461-72-43
Firma: juliana jaramillo
INSTITUCION EDUCATIVA JULIO CESAR GARCIA
CLL 112 A # 65 – 26
TELEFAX: 273 01 39
Medellín, 16 De Marzo De 2010
Señor
EMPRESARIO
La ciudad.
Asunto: Prácticas Empresariales
Respetados señor, le solicitamos muy gentilmente el favor de estudiar la posibilidad, de proporcionar un espacio para que el estudiante de media técnica con especialidad en comercio y de grado undécimo, realice una práctica en actividades empresariales de 220horas y poder así dar cumplimiento a la ley 115 de 1994 y la resolución 01269 del 9 de noviembre de 1999 de SENA con quien tiene la institución convenio desde 1998 hasta la fecha.
El colegio no adquiere ninguna contraprestación económica, ni de seguridad social con el estudiante, cuenta con la autorización de los padres de familia y/o acudiente legal, para desempeñarse en el campo laboral ya que es exigencia para optar con la certificación del SENA de bachiller en educación media técnica y especialización en comercio, para encadenarse en los programas de secretariado general y auxiliar de contabilidad. Las funciones en las cuales se puede desempeñar son las siguientes: manejo de archivo, auxiliar de contabilidad, liquidador de nómina, también puede realizar contrato de aprendizaje según la ley 789/02.
El estudiante cuenta con el acompañamiento y asesoramiento directo de la profesora Aracelly y acompañamiento de sus observadores a la vez que es gran apoyo y colaboración a la acción formadora de los estudiantes del colegio.
Atentamente
Gabriel Guzmán B. Aracelly Carvajal Arenas
Rector Profesora
Medellín, 14 de marzo de 2008
Señor rector:
Don Gabriel boom
I.E JULIO CESAR GARCIA
Medellin
Asunto: Autorización prácticas empresariales
Respetados señores:
Yo (padre de familia) identificado con c.c. , autorizo a el/la joven , para que realice la practica empresarial en su organización, asumiendo yo como padre toda la responsabilidad.
Agrádesenos la oportunidad brindada
Atentamente:
Padre de familia angela paricia gonzalez
Documento: 43.525.456
REGLAMENTO PRÁCTICAS EMPRESARIALES
ARTICULO 1. CONCEPTO La práctica se concibe como un conjunto de actividades realizadas por el estudiante de undécimo/ decimo, que la institución educativa realiza como parte de su formación integral, para confrontar la teoría con la realidad laboral.
ARTICULO 2. OBJETIVO La práctica busca aplicar a la realidad empresarial los conocimientos, habilidades y destrezas aprendidas, en el currículo de la institución educativa julio cesar García para formar un joven con los perfiles que necesita la empresa de hoy.
ARTICULO 3. FUNCIONES Asesor De La Práctica
-Cooperar con el coordinador en diseño de las prácticas.
-Realizar con el coordinador y el estudiante en práctica un programa de inducción como mecanismo previo y útil de la práctica.
-Proporcionar al practicante los recursos requeridos para un mejor desempeño durante su práctica.
-Controlar el desarrollo de las diferentes actividades programadas y llevar su respectivo registro para informar al coordinador en práctica en cada semestre.
-Ayudar al estudiante en práctica en el proceso de auto evaluación en el reconocimiento de sus capacidades, habilidades y posibles limitaciones y encausarlo de acuerdo a sus necesidades profesionales.
-Colaborar con el coordinador en la evaluación periódica del practicante con base en los instrumentos institucionales.
-Informar al coordinador sobre el desempeño de los practicantes e insinuar de los ajustes que consideré necesarios.
ARTICULO 4. DERECHOS
-El estudiante en práctica tiene derecho
-Asesoría, acompañamiento y supervisión por parte del asesor y coordinador de la práctica.
-Participar activa mente en el proceso de inducción.
-Familiarizarse con el funcionamiento de la institución y con los procesos que en ella se gestan.
-Desempeñar efectivamente la gestión encomendada como objetivo.
-Realizar las actividades y trabajos que se le asignen en concordancia con las funciones y capacidades que posee.
-Mantenerse en continua comunicación con el asesor y el coordinador.
-Sugerir los correctivos necesarios para el proceso de mejoramiento de la practica que considere necesario.
COMITE DE PRÁCTICA
-Servir de órgano regulativo de los procesos de formación empresarial de los estudiantes en práctica.
-Conceptuar sobre los casos especiales presentados en la práctica empresarial.
-Proponer estrategias de trabajo
-Velar por el desarrollo de la práctica empresarial en la institución educativa.
COORDNADOR
-Coordinar y ejecutar control de actividades.
-Presentar al comité de práctica el plan general para el desarrollo de actividades.
-Realizar entrevistas con los estudiantes y asesorías cuando sea necesario, para señalar o aclarar pautas.
-Establecer canales de comunicación.
ARTICULO 5. DEBERES Son deberes de los estudiantes en práctica
-llevar adecuadamente el uniforme.
-portar el carne de la institución en un lugar visible.
-llegar puntualmente.
-Estar afiliado a una EPS o SISBEN.
-Elaborar un plan de trabajo.
-Avisar telefónicamente al centro de práctica y/o al asesor cuando por fuerza mayor no pueda asistir y posteriormente justificar por escrito su inasistencia.
-Atender sugerencias y recomendaciones del personal vinculado al centro de práctica.
-Ser respetuoso con las personas y con los materiales del centro.
-Permanecer en el sitio de la practica el tiempo que el programa lo requiera.
-No suspender la practica cuando se presente anormalidad académica en la institución.
ARTICULO6. COMPROMISOS
-DE LA INSTITUCION
-Enviar a los estudiantes con los elementos teóricos prácticos suficientes, y con previo entrenamiento en la especialidad, para que realice una práctica adecuada.
-Iniciar su trabajo con el centro de práctica, siguiendo el cronograma de actividades presentado y acordado previamente con el asesor y coordinador.
-realizar visitas y llamadas al centro de práctica constante mente durante el desarrollo.
-Prestar asesoría y orientación a los estudiantes en práctica.
-Realizar evaluaciones de desempeño.
-CENTRO DE PRACTICA
-Tener los recursos y medios para el desarrollo de la práctica.
-Estar informados de las inquietudes presentadas por los practicantes.
-Garantizar condiciones para el desarrollo de las prácticas a nivel socio afectivo, moral y locativo.
-Asignar constantemente a los estudiantes en práctica funciones aprobadas por el coordinador.
-Proporcionar a los estudiantes facilidades para el desplazamiento, o para el refrigerio cuando las condiciones lo permitan.
-Considerar con la institución las funciones antes del inicio del proceso.
-La empresa considera la posibilidad de vinculación de los practicantes como aprendices del SENA
ARTICULO 7. CANCELACION DE LA PRÁCTICA
-A petición del estudiante, con la aprobación del coordinador de la practica.
-Por inasistencia en tres oportunidades, sin causa justificada.
-Por deficiente desempeño en actividades asignadas.
-Por incumplimiento constante y reiterado en su horario de práctica.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA JULIO CESAR GARCÍA
MEDIA TÉCNICA CON ESPECIALIDAD EN COMERCIO.
EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA EMPRESARIAL.
COORDINADOR(A):
FACILITADOR(A):
AGENCIA DE PRÁCTICA:
PRACTICANTE:
El/ la profesor(a) responsable de la practica empresarial, del grado decimo/ undécimo de la especialidad comercio, agradece su opinión sobre el trabajo realizado por el estudiante que usted tiene a su cargo. Su concepto es muy importante ya que se trata de la evidencia de la experiencia laboral que el alumno posee, para su hoja de vida, a la vez servirá como estimulo y le permitirá hacer correctivos si son necesarios.
CONCEPTO
ÁREA PERSONAL
-orden y presentación:
-excelente.
-no ha aceptado insinuaciones.
-se le nota descuido.
-desordenado y mal presentado.
-estabilidad emocional:
-Equilibrado y cortes.
-Agradable y convincente.
-Simpático.
-Respetuoso.
-Cohibido y tímido.
-Negativo.
-responsabilidad.
-Máximo sentido de él.
-La acepta gustosa mente.
-Realiza tareas con muy poco interés.
-Irresponsable.
-Disciplina:
-Cumple con precisión normas reglamentarias.
-Solo es disciplinado en presencia del supervisor.
-Es preciso llamarle continuamente la atención.
-Indisciplinado y de negativa influencia en el grupo.
ÁREA SOCIAL.
-Espíritu de colaboración.
-Máxima colaboración.
-Coopera mucho.
-Difícil de manejar (no acepta ordenes).
-Obstructivo.
-Conflictivo.
-Sociabilidad.
-Se hace de aprecio y confianza.
-Amable y agradable.
-Busca al grupo pero es rechazado.
-Solo se entiende con unos pocos.
-Le da dificultad integrarse.
ÁREA LABORAL.
-Puntualidad y asistencia
-No ha faltado y se presenta oportunamente
-Solo ha faltado por enfermedad o calamidad
-Falta con frecuencia por motivos intrascendentes
-Deficiente su asistencia y puntualidad
-Inactiva
-Altamente ingenioso y creativo.
-De muchos recursos
-De iniciativa normal
-Carente de iniciativa
-Conocimiento del cargo
-Es un experto
-Asimila rápido
-Necesita ayuda
-No lo sabe
-Eficiencia y calidad
-Rinde mucho
-Buena eficiencia
-Raramente comete errores
-Frecuentemente comete errores
-Rende poco
-Deficiente
Noticia
NoticiaDecretos plantean que pacientes paguen por estos servicios con su patrimonio, cesantías, ahorros pensionales e incluso préstamos bancarios. Se bloquearían tutelas.Aunque la Emergencia Social se generó para buscar recursos conducentes a subsanar déficits del sector salud, algunos de los diez decretos dados a conocer contienen reformas sustanciales al sistema de salud. Algunas de ellas generarán, sin duda, controversia.
La primera está contenida en el decreto 128, que les cambia el nombre a los servicios no POS por el de "prestaciones excepcionales en salud".
Este decreto define tales prestaciones como servicios de salud extraordinarios, que deben ser autorizados por un comité técnico, que también crea la norma.
Hasta hoy estos servicios, a los que acceden los pacientes vía tutela, son cubiertos por el sistema de salud.
Legislacion Laboral
Legislacion Laboral.LA O.I.T.La Organización Internacional del Trabajo (OIT) está consagrada a la promoción de oportunidades de trabajo decente y productivo para mujeres y hombres, en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana. Sus objetivos principales son promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de empleo dignas, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar temas relacionados con el trabajo.Al promover la justicia social y los derechos humanos y laborales reconocidos a nivel internacional, la Organización persiste en su misión fundadora: la paz laboral es esencial para la prosperidad. En la actualidad la OIT favorece la creación de trabajo deceagencia especializada de la ONU en 1946.La OIT fue fundada en 1919, después de una guerra destructiva, basada en una visión según la cual una paz duradera y universal sólo puede ser alcanzada cuando está fundamentada en el trato decente de los trabajadores. La OIT se convirtió en la primera agencia especializada de la ONU en 1946.La OIT es la institución mundial responsable de la elaboración y supervisión de las Normas Internacionales del Trabajo. Al trabajar junto a los 178 países miembros, la OIT busca garantizar que las normas del trabajo sean respetadas tanto en sus principios como en la práctica.MINISTERIO DE LA PROCTECCION SOCIALLEY 50 DE 1990ARTICULO 1o. El artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así: Artículo 23.Elementos esenciales:1.Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:a) La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;b) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta aéste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo ocantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo deduración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos deltrabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechoshumanos relativos a la materia obliguen al país; yc) Un salario como retribución del servicio.2. Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contratode trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones omodalidades que se le agreguen.ARTICULO 2o. El artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así:Artículo 24. Presunción. Se presume que toda relación de trabajo personal está regida por uncontrato de trabajo. No obstante, quien habitualmente preste sus servicios personalesremunerados en ejercicio de una profesión liberal o en desarrollo de un contrato civil o comercial,pretenda alegar el carácter laboral de su relación, deberá probar que la subordinación jurídica fuela prevista en el literal b) del artículo 1o. de esta ley y no la propia para el cumplimiento de la laboro actividad contratada.ARTICULO 3o. El artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo modificado por el artículo 4 delDecreto-ley 2351 de 1965, quedará así: Artículo 46. Contrato a término fijo. El contrato de trabajo atérmino fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años,pero es renovable indefinidamente.1. Si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare porescrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior atreinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y asísucesivamente.2. No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá prorrogarsesucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales eltérmino de renovación no podrá ser inferior a un (1) año, y así sucesivamente.Parágrafo. En los contratos a término fijo inferior a un año, los trabajadores tendrán derecho alpago de vacaciones y prima de servicios en proporción al tiempo laborado cualquiera que éste sea.LEY 100 DE 1993PREAMBULOLa Seguridad Social Integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, deque disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante elcumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedaddesarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmentelas que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorionacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.LEY 789 DE 2002DEFINICION SISTEMA DE PROTECCION SOCIALArtículo 1°. Sistema de Protección Social. El sistema de protección social se constituye como el conjunto de políticas públicas orientadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los colombianos, especialmente de los más desprotegidos. Para obtener como mínimo el derecho a: la salud, la pensión y al trabajo.El objeto fundamental, en el área de las pensiones, es crear un sistema viable que garantice unos ingresos aceptables a los presentes y futuros pensionados.En salud, los programas están enfocados a permitir que los colombianos puedan acceder en condiciones de calidad y oportunidad, a los servicios básicos.El sistema debe crear las condiciones para que los trabajadores puedan asumir las nuevas formas de trabajo, organización y jornada laboral y simultáneamente se socialicen los riesgos que implican los cambios económicos y sociales. Para esto, el sistema debe asegurar nuevas destrezas a sus ciudadanos para que puedan afrontar una economía dinámica según la demanda del nuevo mercado de trabajo bajo un panorama razonable de crecimiento económico.Creación del Fondo de Protección Social. Créase el Fondo de Protección Social, como una cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, o a la entidad que haga sus veces, cuyo objeto será la financiación de programas sociales que el Gobierno Nacional defina como prioritarios y aquellos programas y proyectos estructurados para la obtención de la paz.El Fondo de Protección Social tendrá las siguientes fuentes de financiación:1. Los aportes que se asignen del Presupuesto Nacional.2. Los recursos que aporten las entidades territoriales para Planes, Programas y Proyectos de protección social.3. Las donaciones que reciba.4. Los rendimientos financieros generados por la inversión de los anteriores recursos.5. Los rendimientos financieros de sus excedentes de liquidez y, en general, todos los demás recursos que reciba a cualquier título.Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará el funcionamiento y la destinación de los recursos del Fondo de Protección Social. La contratación con los recursos del Fondo deberá regirse por las reglas que regulan la contratación en el derecho privado.
Legislacion Tributaria
LEGISLACION TRIBUTARIA
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
OBJETIVO GENERAL
Describir las diferentes modalidades de sociedades comerciales existentes según la legislación colombiana.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Explicar el concepto de sociedad comercial. Determinar los diferentes criterios de clasificación de las sociedades mercantiles. Indicar los diferentes aspectos legales considerados para la constitución de empresas.
SOCIEDAD COMERCIAL
Es un contrato, a través del cual dos o más personas se comprometen a hacer aportes en dinero, especie o trabajo; con el objetivo de destinarlos a formar una persona jurídica diferente a cada uno de sus integrantes, cuyo fin es repartirse las utilidades obtenidas con la actividad de la empresa.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALE
Según objeto social:
s. civil, s. mercantil. Según la división del capital: s. colectiva, s. comandita.
Según la participación del Estado: s. Estatal (>90%), s. Mixta (51%-90%), s. Privada (<51%).
Según la ley de constitución: s. Nacional, s. Extranjera. Según el origen del capital: s. Nacional (80%-100%), s. Mixta (51%-80%), s. Extranjera (49%-100%).
Empresa Unipersonal Una persona natural o jurídica que reúna las cualidades para ejercer el comercio, podrá destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil. La empresa unipersonal, una vez inscrita en el registro mercantil forma una persona jurídica"(Art.71 de la Ley 222 de 1995).
Se denominará bajo la expresión "empresa unipersonal" o la sigla "E.U". Empresas Asociativas de Trabajo Organizaciones económicas productivas, cuyos asociados aportan su capacidad laboral, por tiempo indefinido y algunos además entregan al servicio de la organización una tecnología o destreza, u otros activos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la empresa.
La razón social deberá ir acompañada de la denominación de "Empresa Asociativa de Trabajo" o "E.A.T".
Según la responsabilidad:
La responsabilidad asumida por los socios frente a terceros.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Responsabilidad no se extiende más allá de los aportes.
El monto del capital está dividido en cuotas de igual valor.
El número máximo y mínimo de socios: 25 y 2 respectivamente.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (cont.)
Los órganos sociales: Asamblea de asociados y el representante legal y su nombre podrá ser razón social o denominación social, seguida de la palabra
LIMITADA o LTDA abreviadamente. Causales de disolución: exceder el número máximo de socios y por tener pérdidas que reduzcan el capital a menos del 50%.SOCIEDAD ANÓNIMA Conformada por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes Denominación seguida de las palabras "sociedad anónima" o de las letras "S.A.
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